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Por Revista TM-edición mayo 2003
En la edición de Tercer Mundo de marzo de 2003 realizamos un extenso y detallado informe sobre las pruebas y hechos que podrían haber contribuído al procesamiento (y eventualmente a la condena) del actual Interventor de la empresa eléctrica santafesina Antonio Caro, por el delito de hurto de energía en un edificio de su propiedad en calle La Paz 1034/36 de la ciudad de Rosario.
Dicha documental incluida en un expediente interno de la EPE (1), pese a ser conocida por el juez Adolfo Prunotto Laborde –por lo menos desde setiembre de 1.998, fecha en que es citada su existencia en los tribunales por uno de los declarantes- nunca fue incorporada al expediente judicial. Así el magistrado dictó el sobreseimiento de Caro, el 20 de mayo de 1.999, en la causa 1053/98 tramitada ante el Juzgado de Instrucción Penal Nº 14 de Rosario.
El sobreseimiento “por inexistencia de delito”, fue el resultado lógico de un proceso judicial que desestimó valiosas documentales: actas firmadas por inspectores de fraude de la EPE con el sello “Para Denuncia Judicial”, constatando que los departamentos del edificio de Caro se encontraban “colgados” irregularmente al tendido eléctrico de la empresa de energía; órdenes antirreglamentarias efectuadas por funcionarios de la EPE; falta de emisión de notas de débito correspondientes a los departamentos de Caro hallados con conexiones irregulares; insólitos dictámenes jurídicos de la EPE que ordenaron “archivar las actuaciones sin producir el trámite judicial correspondiente”; notas presentadas ante la EPE que permitían vislumbrar contradicciones de Caro respecto a sus declaraciones en el expediente judicial; entre otras pruebas.
Más allá de la cuestionable actuación del juez Adolfo Prunotto Laborde -quien curiosamente fue compañero de cátedra en la Universidad Nacional de Rosario del abogado defensor de Antonio Caro en la causa, el Dr. Daniel Erbetta-, lo cierto es que el caso desnuda –a través de la participación de actuales funcionarios de la EPE- la existencia de manejos administrativos en la empresa, paralelos a los formales y legales, que parecerían estar destinados a “limpiar” situaciones claramente irregulares, como si nada hubiera ocurrido.
La actuación -respecto a las conexiones directas en los departamentos de Antonio Caro- de varios de los principales funcionarios de la empresa eléctrica en estos días, supone la permanencia de vicios estructurales que impiden el desarrollo armónico de la EPE, privilegiando situaciones de impunidad, en detrimento del control del principal déficit operativo -el fraude energético, cercano a los 80 millones de pesos anuales- y las rebajas tarifarias.
A continuación narraremos algunos de los periplos de funcionarios de eterna y cuestionable fidelidad a Antonio Caro, respecto de la causa judicial que involucró al interventor.
Ilustres Vecinos

Sebastián Chiola es uno de los hombres de mayor confianza de Antonio Caro. Ingeniero eléctrico graduado en la Universidad Nacional de Rosario, actualmente es Sub-Interventor y Gerente General de la EPE, empresa donde ha cumplido diversas funciones desde 1995.
Hacia 1998, año en que el entonces Diputado y Jefe de Bloque radical Juan Carlos Millet efectuó la denuncia por hurto eléctrico contra Caro, Sebastián Chiola cumplía funciones como Gerente Regional Rosario de la empresa eléctrica provincial.
Desde esa función se encargó de ahorrarle unos cuantos pesos a su actual superior en la EPE, al ordenar confeccionar una sola nota de débito (2), correspondiente al vecino lindero del edificio de Caro, domiciliado en La Paz 1032… dispensando de tal responsabilidad al propietario de los seis departamentos hallados con conexión directa en La Paz 1034/36. Esos inmuebles pertenecían al actual interventor Caro. Una maniobra que confirma el doble criterio administrativo aplicable a vecinos lindantes en la misma situación irregular frente a la empresa: a un ciudadano-común-colgado corresponde cobrarle; a un ciudadano-ex funcionario-colgado, no. Como si se tratara de dos empresas, parecidas y paralelas, pero diferentes en cuanto a la aplicación de sus normas.
Estas anomalías podrían haber enriquecido la investigación del proceso judicial. El juez desechó esas pruebas.
Otro hecho significativo -incluido en la causa judicial contra Caro, narrado en la declaración testimonial de Eduardo Mauciero, ex Jefe de Inspección Interna de la EPE Regional Rosario-, deja traslucir las presiones y amenazas que efectuó Chiola, allá por abril de 1998, contra los funcionarios de la EPE que estaban cumpliendo la osada tarea de controlar las conexiones irregulares del ingeniero de Teodelina: “…el día lunes a las 7,15 horas (primer día hábil luego de las auditorías en el edificio de calle Sucre 828, propiedad entonces del actual Interventor) el Gerente Regional Rosario, el Ingeniero Sebastián Chiola me llama a su despacho y me dice que el ingeniero Caro lo había llamado el día sábado por la mañana y le dijo que yo había estado investigando ese edificio… Chiola ese lunes me increpa a alta voz, diciéndome qué tenía que hacer yo ahí… el viernes siguiente realizamos los trabajos en calle La Paz (1034/36) y al otro día lunes ya muy nervioso me dice que si seguía investigando las propiedades del Ingeniero Caro, me iba a “rajar” del puesto…”.
Luego de 26 años como empleado de la EPE, Eduardo Mauciero fue virtualmente “obligado” a dejar la empresa. Sebastián Chiola fue ascendido a Sub-Interventor de la empresa poco después, cargo que hoy desempeña. No es igual un vecino, que un vecino ilustre.
El “juego” del tablero
escondido
Gonzalo Echen actualmente se desempeña como Jefe de Retrospectiva de la EPE. En 1.998 era Jefe Comercial de la Gerencia Regional Rosario. Su “misión” en el affaire Caro –aceptada con creces- fue incumplir los reglamentos vigentes en la empresa eléctrica provincial, en la instalación de medidores en el edificio de calle La Paz 1034/36, propiedad en 1998 del actual Interventor. La historia es narrada en el expediente que nunca se incorporó a la causa, que detalla por medio de distintos documentos el tratamiento diferencial –e irregular- que funcionarios de la EPE como Gonzalo Echen dispensaron al usuario Antonio Caro. De acuerdo a lo establecido por el artículo 13 del Reglamento de Suministros de la empresa eléctrica santafesina, los medidores de consumo eléctrico de los inmuebles deben estar instalados de manera que los inspectores y tomaestados de la EPE tengan libre acceso, para así poder efectuar los controles pertinentes. Lo dispuesto por esta norma no es otra cosa que una apelación al sentido común: si los medidores estuvieran ubicados en el interior de las propiedades, los empleados de la empresa no podrían cumplimentar sus tareas de relevamiento. Esto sucede con todas las empresas de servicios públicos, como las que proveen agua, gas natural y obviamente aquellas que suministran energía eléctrica, como la EPE.
Sin embargo, Echen no cumplió con estas normativas. En noviembre de 1.997 Antonio Caro solicitó a la empresa la conexión del medidor definitivo para los servicios generales (ascensor, etc) en su edificio de calle La Paz 1034/36. Pese a que el conexionista Sergio Faiola había advertido que el tablero de medidores era antirreglamentario luego de concurrir en tres ocasiones a La Paz 1034 (17, 19 y 20 de febrero de 1.998), el Jefe Comercial Gonzalo Echen instruyó el 20 de febrero de dicho año al Jefe de Conexiones de la EPE, Sr. Serenguelli, a los efectos que “normalice” (trasladar el medidor de obra al nuevo tablero definitivo). La orden irregular partió del Directorio de la empresa, según consta en un formulario firmado por Faiola en fs.49 del expediente administrativo que el juez Prunotto Laborde jamás solicitó a la EPE.
Lo grave de este hecho es que en la misma sentencia que sobresee a Antonio Caro -punto 23, inciso d, fs. 232 del expte. judicial-, el juez Prunotto Laborde apela a una argumentación errónea: “se ha probado en autos que el medidor que estaba colocado durante la etapa constructiva llamado en la jerga ‘de palo y cajón’ fue trasladado por la empresa –luego de varios meses de haberse solicitado- al tablero que dicha empresa había aprobado previamente…” El expediente nunca incorporado a la causa por el juez, demostraba lo contrario: la EPE no había aprobado el tablero a que hizo referencia el juez.
Notas de débito “perdonadas”, amenazas, medidores instalados en violación a los reglamentos vigentes, omisión de denunciar hechos comprobados… Las actuaciones de Sebastián Chiola y Gonzalo Echen, entre otros, respecto a las conexiones directas halladas en propiedades de Antonio Caro, muestran claramente la existencia de manejos administrativos en la empresa, más allá de los habituales, que estarían destinados a ocultar situaciones irregulares, impidiendo esclarecer hechos que ocurrieron y parecería que siguen ocurriendo, no existiendo ninguna clase de sanción administrativa ante estas anomalías, a través de sumarios internos, ni tampoco persecusión judicial sobre conductas irregulares que contribuyen a la ineficacia de la EPE. Una situación de impunidad que a principios de los ’90 fue caracterizada popularmente como “La EPE Paralela”: una “miniempresa oculta”, enmascarada en la formalidad de la sigla del principal activo del Estado provincial. Aunque los réditos económicos de ella no beneficien, ciertamente, a los miles de usuarios santafesinos de energía eléctrica. La historia continúa.


Citas
(1) expediente interno de la EPE 1-98-299.754
(2) fs. 91 del expediente 1-98-299.754, pruebas que nunca llegaron a la justicia.
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